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	<title>operaciones internacionales &#8211; Diario Tiempo Digital</title>
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		<title>La AFIP establece un nuevo régimen de información para las operaciones internacionales</title>
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		<pubDate>Tue, 27 Dec 2022 17:54:20 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Plata, 27 Dic (Por InfoGEI).-&nbsp;El nuevo r&eacute;gimen permitir&aacute; a la AFIP un control online sobre las operaciones internacionales realizadas por las grandes empresas, y reemplaza al R&eacute;gimen de Informaci&oacute;n de Planificaciones Fiscales Nacionales e Internacionales por &ldquo;motivos de administraci&oacute;n tributaria&rdquo; que aconsejaron su sustituci&oacute;n.</p>
<p>Seg&uacute;n supo InfoGEI, esta informaci&oacute;n deber&aacute; ser presentada por los contribuyentes obligados luego del vencimiento de la declaraci&oacute;n jurada del Impuesto a las Ganancias y, para hacerlo, deber&aacute;n ingresar con Clave Fiscal Nivel 3 al servicio web denominado con el nombre del r&eacute;gimen.</p>
<p>Destinatarios</p>
<p>Los sujetos alcanzados son las sociedades y asociaciones, y sus firmas derivadas constituidas en el pa&iacute;s, as&iacute; como las derivadas de fideicomisos constituidos aqu&iacute;, seg&uacute;n precis&oacute; el organismo conducido por Carlos Castagneto en un comunicado.</p>
<p>A diferencia del anterior r&eacute;gimen que abarcaba a todas las personas jur&iacute;dicas y humanas, el Ricoi except&uacute;a a las pymes en todas sus categor&iacute;as.</p>
<p>La nueva normativa</p>
<p>Se aplicar&aacute; a la presentaci&oacute;n de la informaci&oacute;n correspondiente a los ejercicios fiscales cerrados a partir del 1 de agosto de este a&ntilde;o. Como parte del proceso, la AFIP mostrar&aacute; al contribuyente la informaci&oacute;n obtenida del exterior mediante los acuerdos internacionales que posee con terceros pa&iacute;ses.</p>
<p>El organismo aclar&oacute; que, con el nuevo r&eacute;gimen, los abogados y contadores ya no tendr&aacute;n la responsabilidad personal, la cual recaer&aacute; ahora sobre las sociedades.</p>
<p>Considerandos</p>
<p>De acuerdo con la AFIP, el nuevo r&eacute;gimen es el resultado de un &ldquo;trabajo conjunto&rdquo; junto con &ldquo;las distintas entidades empresarias y de profesionales, con quienes el organismo mantiene un di&aacute;logo constante en su objetivo de perfeccionar permanentemente la normativa vigente&rdquo;.</p>
<p>Del mismo modo, a trav&eacute;s de los considerandos, se recalc&oacute; la importancia de estas operaciones se&ntilde;alando que &ldquo;la integraci&oacute;n de las econom&iacute;as a nivel global, la expansi&oacute;n del comercio digital y la libre circulaci&oacute;n de capitales han favorecido la realizaci&oacute;n por parte de los contribuyentes de operaciones entre diferentes jurisdicciones&rdquo;.</p>
<p>Entre otras acciones que se deber&aacute;n declarar se incluye a aquellas relacionadas con establecimientos permanentes en el pa&iacute;s, como, por ejemplo, cuando un sujeto local desempe&ntilde;a habitualmente el rol principal en la negociaci&oacute;n de contratos, y tal actividad conlleve a la conclusi&oacute;n de sus elementos fundamentales en el pa&iacute;s pese a que estos contratos o su autorizaci&oacute;n se produzcan en el extranjero; o cuando un sujeto del exterior realice una obra o un proyecto del pa&iacute;s con un plazo mayor a seis meses a trav&eacute;s de contratos sucesivos.</p>
<p>Del mismo modo, se contemplar&aacute;n los casos donde se favorezca el traslado de beneficios a otras jurisdicciones aprovechando las asimetr&iacute;as en las leyes tributarias, o esquemas que busquen eludir la obligaci&oacute;n de informar en Fatca &ndash;ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras- o el Est&aacute;ndar Com&uacute;n de Reporte (CRS, por sus siglas en ingl&eacute;s). (InfoGEI)Ap</p>
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