<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>caza &#8211; Diario Tiempo Digital</title>
	<atom:link href="https://wp.diariotiempodigital.com/tag/caza/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://wp.diariotiempodigital.com</link>
	<description></description>
	<lastBuildDate>Tue, 05 Jun 2018 01:13:04 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-AR</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.2.2</generator>
	<item>
		<title>Multan a cazadores y aprehende a dos personas con prontuario</title>
		<link>https://wp.diariotiempodigital.com/2018/06/05/multan-a-cazadores-y-aprehende-a-dos-personas-con-prontuario/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Hernan Cambello]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 05 Jun 2018 01:13:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[9 de julio]]></category>
		<category><![CDATA[caza]]></category>
		<category><![CDATA[detenidos]]></category>
		<category><![CDATA[patrulla rural]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://diariotiempo-wp.test/2018/06/05/multan-a-cazadores-y-aprehende-a-dos-personas-con-prontuario/</guid>

					<description><![CDATA[Efectivos del Comando de Prevenci&#243;n Rural (CPR) de Nueve de Julio interceptaron y labraron actas de infracci&#243;n a la Ley 10.081 Art. 73 inc K. a 7 personas oriundas de&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Efectivos del Comando de Prevenci&oacute;n Rural (CPR) de Nueve de Julio interceptaron y labraron actas de infracci&oacute;n a la Ley 10.081 Art. 73 inc K. a 7 personas oriundas de las localidades de Escobar y de Pilar que se encontraban practicando actividad de caza con perros galgos en campos &nbsp;ubicados en cuartel III y IV de este partido. Estas personas se val&iacute;an para la caza de 9 perros galgos y en el operativo les fueron secuestradas 12 liebres, posteriormente desnaturalizadas, dando intervenci&oacute;n al Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>Adem&aacute;s los miembros del CPR&nbsp; aprehendieron a dos masculinos, Guerrini L. (34) de la localidad de Escobar quien pose&iacute;a Captura Activa en una causa por Abuso de armas y amenazas doblemente calificadas con solicitud del Departamento judicial Pergamino;&nbsp; y Fleitas J. de la localidad de Pilar con Captura Activa en causa Hurto Calificado con intervenci&oacute;n del Departamento judicial Trenque Lauquen.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Se advierte que está prohibida realizarla en horas nocturnas y en caminos rurales</title>
		<link>https://wp.diariotiempodigital.com/2018/05/19/se-advierte-que-esta-prohibida-realizarla-en-horas-nocturnas-y-en-caminos-rurales/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Hernan Cambello]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 19 May 2018 04:09:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[9 de julio]]></category>
		<category><![CDATA[caza]]></category>
		<category><![CDATA[sociedad rural]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://diariotiempo-wp.test/2018/05/19/se-advierte-que-esta-prohibida-realizarla-en-horas-nocturnas-y-en-caminos-rurales/</guid>

					<description><![CDATA[Desde el 28 de abril y&#160;&#160;hasta el 31 de julio&#160;&#160;pr&#243;ximo est&#225; habilitado&#160;&#160;seg&#250;n disposici&#243;n de la Direcci&#243;n de Flora y Fauna del Ministerio de Agroindustria de la Provincia, la caza de&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Desde el 28 de abril y&nbsp;&nbsp;hasta el 31 de julio&nbsp;&nbsp;pr&oacute;ximo est&aacute; habilitado&nbsp;&nbsp;seg&uacute;n disposici&oacute;n de la Direcci&oacute;n de Flora y Fauna del Ministerio de Agroindustria de la Provincia, la caza de liebre europea, variadas clases de patos y perdiz chica.</p>
<p>Sin embargo para llevar adelante esta pr&aacute;ctica la misma debe cumplir ciertos requisitos, como la no utilizaci&oacute;n de perros, no puede realizarse en horarios nocturnos, ni en caminos p&uacute;blicos y se debe contar con un permiso escrito tanto habilitante&nbsp;&nbsp;de la autoridad competente, como del propietario del campo donde cazar, caso contrario est&aacute; en infracci&oacute;n, seg&uacute;n record&oacute; Sociedad Rural de 9 de Julio en una comunicaci&oacute;n, donde recomienda a productores y empleados rurales que en caso de no cumplirse estos requisitos, tiene el derecho de dar aviso a Polic&iacute;a Rural al tel&eacute;fono&nbsp;&nbsp;431100, Destacamento de polic&iacute;a de las localidades o al Servicio telef&oacute;nico sin cargo del 911, se&ntilde;alando que es un deber cuidarnos y prevenir entre todos.</p>
<p>Al respecto se han reportado cazadores de distritos vecinos y por la denuncia de productores&nbsp;&nbsp;u o empleados, los cazadores en infracci&oacute;n han sido disuadidos y tener que marcharse.&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Sociedad Rural recuerda los requisitos</title>
		<link>https://wp.diariotiempodigital.com/2017/04/27/sociedad-rural-recuerda-los-requisitos/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Tiempo 9 de Julio]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 27 Apr 2017 07:17:51 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Campo]]></category>
		<category><![CDATA[Soc. Rural]]></category>
		<category><![CDATA[9 de julio]]></category>
		<category><![CDATA[caza]]></category>
		<category><![CDATA[cazadores]]></category>
		<category><![CDATA[sociedad rural]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://diariotiempo-wp.test/2017/04/27/sociedad-rural-recuerda-los-requisitos/</guid>

					<description><![CDATA[Con la proximidad de la apertura de caza que habilitara el Ministerio de Agro Industria de la provincia el pr&#243;ximo 1 de mayo, se recuerda a&#160; productores rurales, trabajadores rurales&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Con la proximidad de la apertura de caza que habilitara el Ministerio de Agro Industria de la provincia el pr&oacute;ximo 1 de mayo, se recuerda a&nbsp; productores rurales, trabajadores rurales y cazadores, que se debe reunir ciertos requisitos para practicar la misma, ya que la misma esta totalmente prohibida por ley realizarla en horas nocturnas, en caminos rurales y sin permiso habilitante tanto por el&nbsp; propietario del establecimiento y de Polic&iacute;a del distrito.</p>
<p>En cuanto a los cazadores deber&aacute;n reunir los requisitos detallados a la temporada de caza, la cual se podr&aacute; ver, oportunamente, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Asuntos Agrarios www.maa.gba.gov.ar, la cual normalmente menciona que en la CAZA DEPORTIVA MENOR deben poseer: la LICENCIA otorgada por la direcci&oacute;n de Flora y Fauna del Ministerio de Asuntos Agrarios, sumado a un PERMISO por escrito del due&ntilde;o del campo (en caso de estar cazando en un campo privado), y en la CAZA COMERCIAL se necesita la LICENCIA, un PERMISO DE TRANSPORTE y ESTAR INCLUIDO en la n&oacute;mina de cazadores de una Planta Frigor&iacute;fica que deber&aacute; presentarla con anterioridad a la iniciaci&oacute;n de la temporada, debidamente conformada por la Autoridad Municipal del distrito en el que se practicar&aacute; la caza.</p>
<p>Por su parte, productores o personal de campo se recomienda que ante cualquier incumplimiento de las normas,&nbsp; tenga la obligaci&oacute;n de denunciar ante el Comando de Prevenci&oacute;n Rural&nbsp; de 9 de Julio a&nbsp; la l&iacute;nea telef&oacute;nica de atenci&oacute;n 02317 &ndash; 431100 o Servicio&nbsp; 911(llamada gratuita).</p>
<p><strong>PROHIBICIONES DEL C&Oacute;DIGO RURAL</strong><br />
As&iacute; mismo se recuerda las prohibiciones de la actividad de caza seg&uacute;n lo normado por el C&oacute;digo Rural: PROHIBICIONES ARTICULO 273&deg;: Proh&iacute;base en el ejercicio de la caza:</p>
<p>a) El empleo de todos aquellos medios que tengan por objeto la captura en masa de las aves y otros animales silvestres, la formaci&oacute;n de cuadrillas de a pie o a caballo.<br />
b) El uso de hondas, redes, trampas, cimbras, mangas, lazos, sustancias t&oacute;xicas, venenosas o gomosas, explosivas, armas o m&eacute;todos nocivos, armas de calibre no autorizado o a bala en la caza deportiva vol&aacute;til;<br />
c) Practicarla en el ejido de las ciudades, pueblos, lugares urbanos o suburbanos, caminos p&uacute;blicos y en todas aquellas &aacute;reas habituales, concurridas por p&uacute;blico, a una distancia m&iacute;nima que deber&aacute; fijarse por la reglamentaci&oacute;n;<br />
d) Perseguir y tirar sobre animales desde veh&iacute;culos &ndash; automotores, embarcaciones y aeroplanos, con excepci&oacute;n de botes o canoas a remo;<br />
e) Actuar en zonas declaradas parques, reservas, refugios o santuarios y todo otro lugar expresamente prohibido;<br />
f) Practicarlas en horas de la noche o con la luz artificial;<br />
g) Transitar con armas descubiertas o preparadas, en las zonas mencionadas en los incisos c) y e);<br />
h) Disparar sobre animales atascados o inmovilizados por cualquier causa:<br />
i) Disparar con armas autom&aacute;ticas o provistas de millas infrarrojas o silenciadoras;<br />
j) Efectuar disparos &ldquo;en salva&rdquo; o sucesivos de m&aacute;s de un cazador sobre la misma pieza;<br />
k) Utilizar perros galgos en la caza de la liebre.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Requisitos a saber para la temporada de Caza Mayor</title>
		<link>https://wp.diariotiempodigital.com/2016/06/01/requisitos-a-saber-para-la-temporada-de-caza-mayor/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[tiempo diario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Jun 2016 19:23:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[caza]]></category>
		<category><![CDATA[Los Toldos]]></category>
		<category><![CDATA[mayor]]></category>
		<category><![CDATA[requisitos]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://diariotiempo-wp.test/2016/06/01/requisitos-a-saber-para-la-temporada-de-caza-mayor/</guid>

					<description><![CDATA[En el transcurso de la &#250;ltima semana personal de este comando de prevenci&#243;n rural y reforzando las recorridas preventivas en los caminos vecinales como rurales de este medio, ha constatado&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>
	En el transcurso de la &uacute;ltima semana personal de este comando de prevenci&oacute;n rural y reforzando las recorridas preventivas en los caminos vecinales como rurales de este medio, ha constatado las siguientes infracciones:</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Arts. 112-114-116-117 y 166 Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (animales vacunos sueltos en la v&iacute;a publica, no estando al cuidado de persona alguna y sin marcar, causando con el ello un grave riesgo para el transito), en ctel VI. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Arts. 9-15-19 -112-114-116-117 y 166 Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (animales vacunos sueltos en la v&iacute;a publica, no estando al cuidado de persona alguna y sin marcar, causando con el ello un grave riesgo para el transito, instando a su propietario a la reparaci&oacute;n de los alambrados perimetrales), en ctel XI. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Arts. 112-114-116-117-148 y 166 Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (animales porcinos sueltos en la v&iacute;a publica, no estando al cuidado de persona alguna y sin marcar, causando con el ello un grave riesgo para el transito, sin se&ntilde;alar), en ctel XI. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Arts. 112-114-116-117 y 166 Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (animales vacunos sueltos en la v&iacute;a publica, no estando al cuidado de persona alguna y sin marcar, causando con el ello un grave riesgo para el transito), en ctel VI. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	Se esta trabajando fuertemente en concientizar a los due&ntilde;os de animales en cuanto a su cuidado y el mantenimiento de los cercos, a los efectos de evitar que los mismos deambulen en la v&iacute;a publica, lo cual causa un grave riesgo para con el transito vehicular.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Articulo 10 Inc A y B de la Ley 10.891 (falta en techo cami&oacute;n el n&uacute;mero de catastro&nbsp; del partido donde se halla radicado y falta del n&uacute;mero distrital en tabla&nbsp; chasis y jaula),&nbsp; a:</p>
<p>
	1-Cami&oacute;n Ford,&nbsp; en Ctel XI, el que circulaba vacio.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Art 20 Decreto 878/94 e Infracci&oacute;n Arts. 200 Inca 1 y 201 de la Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (jaula con falta de higiene) a cami&oacute;n Marca Ford y jaula FH el cual circulaba por&nbsp; Ctel XI de este Partido. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	Se procedi&oacute;, junto a personal de Bromatolog&iacute;a de Los Toldos, a la Inspecci&oacute;n de Carnicer&iacute;as (en el marco de la Ley 18.284 &ldquo;C&oacute;digo Alimentario Argentino&rdquo; &ndash; Ley 11123 &ndash;y Ordenanzas Municipales)&nbsp; en la Planta Urbana de dicha localidad, actividad&nbsp; con la cual se proseguir&aacute; en las pr&oacute;ximas semanas, como as&iacute; tambi&eacute;n en localidades del Partido.</p>
<p>
	Se labraron Infracciones a la Ley 24.449 con intervenci&oacute;n del Juzgado de Faltas Local a cargo de la Dra. Laura Izurieta, habi&eacute;ndose efectuado el secuestro de veh&iacute;culos y motos, los que carec&iacute;an al momento del control&nbsp; la documentaci&oacute;n (seguro &#8211; cedula verde &ndash; VTV &#8211; casco).</p>
<p>
	Se labraron infracciones a los Art&iacute;culos 265-268-272-273 -274-275 y 277 a la Ley 10.081 con intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata, Pcia de Buenos Aires, a 08 ciudadanos ajenos a este medio que cazaban con 13 perros galgos en predio privado sin autorizaci&oacute;n del due&ntilde;o y no pose&iacute;an la licencia de caza correspondiente, procedi&eacute;ndose a la interdicci&oacute;n de los perros y al decomiso de las piezas capturadas.</p>
<p>
	&ldquo;INFRACCION ART. 12 y 13 inc.&nbsp; &ldquo;B&rdquo;&nbsp; y &ldquo;D&rdquo; LEY 11.477 &#8211;&nbsp; LEY&nbsp; DE&nbsp; PEZCA&rdquo;</p>
<p>
	Personal de este C.P.R de General Viamonte procedi&oacute; a labrar infracci&oacute;n de menci&oacute;n en el ep&iacute;grafe a 04 ciudadanos que efectuaban la extracci&oacute;n de sardinas en el Cuartel IV de este partido, careciendo de la habilitaci&oacute;n, procedi&eacute;ndose a liberar al cause de agua aproximadamente 50 kilogramos de sardinas y al decomiso de una red tipo mayadora de 10 metros de largo&nbsp; y dem&aacute;s artes para efectuar tal actividad.</p>
<p>
	Se labro infracci&oacute;n Articulo 57 de la Ley 24.449 con intervenci&oacute;n del Juzgado de Faltas Local a cargo de la Dra. Laura Izurieta, a cami&oacute;n que circulaban por camino vecinal de tierra excedido en su peso, lo cual causa la rotura de los caminos.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Articulo 10 Inc A y B de la Ley 10.891 (falta en techo cami&oacute;n el n&uacute;mero de catastro&nbsp; del partido donde se halla radicado y falta del n&uacute;mero distrital en tabla&nbsp; chasis y jaula),&nbsp; a:</p>
<p>
	1-Cami&oacute;n M. Benz y jaula marca F.H,&nbsp; en Cuartel VII, habi&eacute;ndose controlado 70 animales vacunos.-</p>
<p>
	2-Cami&oacute;n Ford&nbsp; y jaula marca Sorasabal, en cuartel II, habi&eacute;ndose controlado 62 vacunos.</p>
<p>
	3-Cami&oacute;n Renault&nbsp; y jaula F.H, en cuartel II, habi&eacute;ndose controlado 65 vacunos.</p>
<p>
	Se labro Infracci&oacute;n Arts. 112-114-116-148-151 y 158 Ley 10.081 C&oacute;digo Rural (animales porcinos invadiendo otro predio rural, no estando al cuidado de persona alguna y sin se&ntilde;alar), en ctel II, procedi&eacute;ndose a su interdicci&oacute;n y posterior entrega a su propietario. Intervenci&oacute;n del Ministerio de Agroindustria La Plata.</p>
<p>
	&nbsp;</p>
<p>
	Se esta trabajando fuertemente en concientizar a los due&ntilde;os de animales en cuanto a su cuidado y el mantenimiento de los cercos, a los efectos de evitar que los mismos deambulen en la v&iacute;a publica, lo cual causa un grave riesgo para con el transito vehicular.</p>
<p>
	Se procedi&oacute;, junto a personal de Bromatolog&iacute;a de Los Toldos, a la Inspecci&oacute;n de Carnicer&iacute;as (en el marco de la Ley 18.284 &ldquo;C&oacute;digo Alimentario Argentino&rdquo; &ndash; Ley 11123 &ndash;y Ordenanzas Municipales)&nbsp; en la Planta Urbana de dicha localidad, actividad&nbsp; con la cual se proseguir&aacute; en las pr&oacute;ximas semanas, como as&iacute; tambi&eacute;n en localidades del Partido.</p>
<p>
	Se labraron Infracciones a la Ley 24.449 con intervenci&oacute;n del Juzgado de Faltas Local a cargo de la Dra. Laura Izurieta, habi&eacute;ndose efectuado el secuestro de veh&iacute;culos y motos, los que carec&iacute;an al momento del control&nbsp; la documentaci&oacute;n (seguro &#8211; cedula verde &ndash; VTV &#8211; casco).</p>
<p>
	MUY IMPORTANTE:</p>
<p>
	Teniendo en cuenta la Resoluci&oacute;n Nro. 23/16 del Ministerio de Agro Industria de la Provincia de Buenos Aires:</p>
<p>
	Queda habilitada la temporada de Caza Mayor en el periodo de 15/03/16 al 01/12/16, solo en los Coto de Caza habilitados, para con las siguientes especies ( Ciervo Axis &ndash; Ant&iacute;lope &ndash; Ciervo Dama &ndash; Ciervo Colorado &ndash; Cabra Salvaje &ndash; Jabal&iacute;).- Dej&aacute;ndose constancia que en el partido de General Viamonte, esta practica esta prohibida, por no existir habilitaci&oacute;n en tal sentido.&nbsp;</p>
<p>
	Teniendo en cuenta la Disposici&oacute;n Nro. 57/16 del Ministerio de Agro Industria de la Provincia de Buenos Aires:</p>
<p>
	Queda habilitada la temporada de Caza Deportiva Menor en el periodo de 30/04/16 al 31/07/16, solo para con las siguientes especies:</p>
<p>
	1- pato barcino chico &ndash; pato cuchara &ndash; pato silb&oacute;n, estos hasta un total de siete piezas por cazador y por d&iacute;a.-</p>
<p>
	2- Liebre europea hasta un total de diez piezas por cazador y por d&iacute;a.- Queda prohibida la caza de esta especie con perros, como as&iacute; tambi&eacute;n la caza nocturna con o sin arma.-</p>
<p>
	3- Perdiz chica hasta un total de seis piezas por cazador y por d&iacute;a.-</p>
<p>
	PARA EFECTUAR LA CAZA DEPORTIVA MENOR DE REFERENCIA M&Aacute;S ARRIBA EL CAZADOR DEBE CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:</p>
<p>
	1-Licencia de caza deportiva (la cual es personal e intransferible), otorgada por el Ministerio de Agro Industria de la Provincia de Buenos Aires.</p>
<p>
	2-Documento Nacional de Identidad</p>
<p>
	3-Autorizaci&oacute;n por la Autoridad Competente para la tenencia del Arma que se utilice para la caza.</p>
<p>
	4-Permiso por escrito del propietario del campo en donde se practicara la caza.</p>
<p>
	5-Las armas autorizadas para la pr&aacute;ctica de la caza deportiva menor son: escopeta de ca&ntilde;&oacute;n liso cargado con cartuchos a perdigones y con aquellas que disparen munici&oacute;n calibre 22, las que deber&aacute;n contar con la documentaci&oacute;n correspondiente, las que de no tenerlas dar&aacute; lugar a la Instrucci&oacute;n de una Causa Penal, con el correspondiente secuestro de las mismas y con pena privativa de la libertad para la persona, seg&uacute;n disponga la autoridad Judicial de intervenci&oacute;n.</p>
<p>
	Se&nbsp; reitera el numero 02358 -15- 410680 perteneciente al comando de prevenci&oacute;n rural de general Viamonte, para que alerten al personal de este comando sobre cualquier movimiento sospechoso, como asimismo por animales sueltos en la v&iacute;a publica en virtud que ello resulta ser un potencial peligro de siniestros de transito, evitables con dichos llamados, como as&iacute; de cualquier otra circunstancia fuera de lo normal o que no sea normal en la zona.</p>
<p>
	&nbsp;</p></p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Caza: requisitos y prohibiciones</title>
		<link>https://wp.diariotiempodigital.com/2016/05/18/caza-requisitos-y-prohibiciones/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[tiempo diario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 May 2016 08:39:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Actualidad]]></category>
		<category><![CDATA[Policiales]]></category>
		<category><![CDATA[caza]]></category>
		<category><![CDATA[prohibiciones]]></category>
		<category><![CDATA[requisitos]]></category>
		<guid isPermaLink="false">http://diariotiempo-wp.test/2016/05/18/caza-requisitos-y-prohibiciones/</guid>

					<description><![CDATA[Ante la apertura de la temporada de Caza Deportiva Menor, Disposici&#243;n Nro. 57/2016 de las siguientes especies y en los cupos que para cada una se indican: a) Pato barcino&#8230;]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>
	Ante la apertura de la temporada de Caza Deportiva Menor, Disposici&oacute;n Nro. 57/2016 de las siguientes especies y en los cupos que para cada una se indican: a) Pato barcino o maicero, Pato barcino chico, Pato cuchara, Pato picazo y Pato viuda o silb&oacute;n de cara blanca, hasta un total de siete (7) patos, cualquiera sea la especie, por cazador y por d&iacute;a. b) Liebre europea hasta diez (10) liebres por cazador y por d&iacute;a. c) Perdiz chica hasta seis (6) perdices, por cazador y por d&iacute;a, &nbsp;SE LE RECUERDA a los eventuales cazadores que deber&aacute;n reunir los requisitos detallados en la disposici&oacute;n o que se lanza previo a la temporada de caza, la cual se podr&aacute; ver, en la p&aacute;gina web del Ministerio de Asuntos Agrarios http://www.maa.gba.bov.ar/2010/SubCA/DirecFloraFauna.php, la cual menciona que en la CAZA DEPORTIVA MENOR deben poseer: la LICENCIA otorgada por la direcci&oacute;n de Flora y Fauna del Ministerio de Asuntos Agrarios, sumado a un PERMISO por escrito del due&ntilde;o del campo (en caso de estar cazando en un campo privado), y en la CAZA COMERCIAL&nbsp;se necesita la LICENCIA, un PERMISO DE TRANSPORTE y ESTAR INCLUIDO en la n&oacute;mina de cazadores de una Planta Frigor&iacute;fica que deber&aacute; presentarla con anterioridad a la iniciaci&oacute;n de la temporada. As&iacute; mismo se recuerda las prohibiciones de la actividad de caza seg&uacute;n lo normado por el C&oacute;digo Rural: PROHIBICIONES ARTICULO 273&deg;: &nbsp;</p>
<p>
	Proh&iacute;bese en el ejercicio de la caza: &nbsp;</p>
<p>
	a) El empleo de todos aquellos medios que tengan por objeto la captura en masa de las aves y otros animales silvestres, la formaci&oacute;n de cuadrillas de a pie o a caballo; &nbsp;</p>
<p>
	b) El uso de hondas, redes, trampas, cimbras, mangas, lazos, sustancias t&oacute;xicas, venenosas o gomosas, explosivas, armas o m&eacute;todos nocivos, armas de calibre no autorizado o a bala en la caza deportiva vol&aacute;til; &nbsp;</p>
<p>
	c) Practicarla en el ejido de las ciudades, pueblos, lugares urbanos o suburbanos, caminos p&uacute;blicos y en todas aquellas &aacute;reas habituales, concurridas por p&uacute;blico, a una distancia m&iacute;nima que deber&aacute; fijarse por la reglamentaci&oacute;n; &nbsp;</p>
<p>
	d) Perseguir y tirar sobre animales desde veh&iacute;culos &#8211; automotores, embarcaciones y aeroplanos, con excepci&oacute;n de botes o canoas a remo; &nbsp;</p>
<p>
	e) Actuar en zonas declaradas parques, reservas, refugios o santuarios y todo otro lugar expresamente prohibido; &nbsp;</p>
<p>
	f) Practicarlas en horas de la noche o con la luz artificial; &nbsp;</p>
<p>
	g) Transitar con armas descubiertas o preparadas, en las zonas mencionadas en los incisos c) y e); &nbsp;</p>
<p>
	h) Disparar sobre animales atascados o inmovilizados por cualquier causa: &nbsp;&nbsp;</p>
<p>
	i) Disparar con armas autom&aacute;ticas o provistas de millas infrarrojas o silenciadoras;&nbsp; &nbsp; j) Efectuar disparos &ldquo;en salva&rdquo; o sucesivos de m&aacute;s de un cazador sobre la misma pieza; &nbsp;</p>
<p>
	k) Utilizar perros galgos en la caza de la liebre. &nbsp;</p>
<p>
	Ante cualquier consulta &eacute;ste Comando de Prevenci&oacute;n Rural recuerda la l&iacute;nea telef&oacute;nica de atenci&oacute;n 02317 &ndash; 431100. &nbsp;</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
