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La CEyS tendrá factura electrónica para el pago de sus servicios

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La AFIP, mediante Res. Gral. Nº 3.571/13 amplió el “Régimen Especial de Emisión y Almacenamiento Electrónico de Comprobantes Originales”, ampliando su alcance a los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural, provisión de agua potable y desagües cloacales, cualquiera fueren los destinatarios de dicha prestación.

Esta disposición será de aplicación para los comprobantes que se emitan a partir del día 1º de Abril de 2014, emitiéndose un comprobante llamado “Liquidación de Servicios Públicos”, en lugar de Facturas, Notas de Débito y Notas de Crédito.

Los comprobantes de “Liquidación de Servicios Públicos” serán de clase A y B según corresponda.

La CEyS deberá informar periódicamente a la AFIP, mediante la metodología implementada en la Resolución arriba mencionada, datos sobre todos los comprobantes que emita, incluyendo datos sensibles como son el nombre y DNI, LE, LC y/o CUIT, CUIL, CDI, domicilios, condición ante el IVA de propietarios del inmueble como así también del Titular del Servicio, Nomenclatura Catastral del inmueble donde se presta el servicio y los datos propios correspondientes a la facturación de cada servicio.

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