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Se destaca que no dar cumplimiento con lo establecido en dicha Ordenanza, conllevará a realizar la correspondiente infracción.
Respecto a lo expuesto, cabe agregar que el lavado de veredas deberá realizarse mediante el uso de baldes, manguera con gatillo o hidrolavadora, quedando en consecuencia prohibido el uso de mangueras sin control de corte de agua, tal lo dispuesto por el Artículo 19 de la referida Ordenanza.
